VERSIÓN 3.0 DEL COMPLEMENTO CARTA PORTE
El pasado 25 de septiembre fue publicado en el portal del SAT nuevas actualizaciones en la información y sus catálogos de referencia que deben contener los complementos Carta Porte, con los cuales se conforma la versión 3.0 de este documento.
Hagamos un pequeño recuento de la evolución de este complemento para recordar a donde nos encontramos al día de hoy con esta obligación:
El complemento Carta Porte versión 2.0, fue publicado en el portal del SAT el 26 de octubre de 2021.
El inicio de vigencia del complemento Carta Porte versión 2.0, dio inicio el 1 de diciembre de 2021, siendo obligatorio su uso a partir del 1 de enero 2022.
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, se define como periodo de transición para emitir correctamente el complemento Carta Porte en su versión 2.0, sin que se apliquen
multas ni sanciones.
En operaciones de comercio exterior, la factura con complemento Carta Porte será exigible a partir del 01 de enero de 2024; sin embargo, para todos los demás efectos, incluyendo movimiento de productos en territorio nacional e impuestos internos, las fechas y alcances mencionados en los dos puntos anteriores son totalmente aplicables y de uso obligatorio. La publicación con la cual inicia esta nota incluye las claves y descripciones de los catálogos a utilizar en el llenado de la factura con complemento Carta Porte versión 3.0. Algunos de los cambios incluidos en esta nueva versión, son los siguientes:
Registro del régimen aduanero asociado al traslado de bienes de procedencia extranjera.
Se adiciona como origen/destino el Istmo de Tehuantepec.
Registro de los bienes para su traslado requieren autorización de COFEPRIS.
Registro para el traslado de medicamentos, precursores químicos, químicos de uso dual, psicotrópicos o estupefacientes.
Registro de las condiciones en las cuales se deben mantener los medicamentos, precursores químicos, químicos de uso dual, psicotrópicos o estupefacientes en su traslado.
Registro del estado en que se encuentra la materia al realizar con ella una operación de
comercio exterior.
Registro del tipo de documento aduanero que se encuentra asociado al traslado de bienes
de procedencia extranjera.
Sugerimos consultar el detalle de la versión 3.0 del complemento carta porte en el portal del SAT, o bien consultar con nuestros expertos. Para nosotros será un privilegio poder atender cualquier duda o comentario de parte de ustedes.
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