Mercancía para retornar en su mismo estado importado temporalmente (IMMEX)
Abramos una ventana a la historia
Un día normal de trabajo en una Empresa IMMEX (Modalidad Industrial), el área de comercio exterior recibe la solicitud de retornar al extranjero, en su mismo estado, algunos componentes que comúnmente son utilizados en el proceso productivo. Esas son las instrucciones recibidas de parte del área de producción.
Esta suele ser una actividad cotidiana, adicionada con el ingrediente de que es “URGENTE”, que como sabemos, esto CASI NO sucede en nuestras empresas.
El analista a cargo de realizar esta operación sabe que su empresa debe cumplir con los requisitos del programa IMMEX y también con lo requerido por el registro del esquema de certificación en materia de IVA & IEPS, así que se asegura de estar en cumplimiento de lo antes mencionado en todos y cada uno de los casos.
Al mismo tiempo, seguía con el procedimiento para cumplir con los siguientes puntos:
- Hay que asegurar que la mercancía fue importada con un pedimento de importación temporal conforme al Artículo 108 Fracción I (IN o V1).
- Que su entrada fue registrada en el Sistema de Control de Inventarios (SCI), y que cuenta con un saldo por aplicar.
- Que cumple con los supuestos para el Retorno de la Mercancía en su Mismo Estado, conforme al Decreto IMMEX, dependiendo del tipo de empresa, el tipo de SCI, así como la interacción de trabajo con el Agente Aduanal, Apoderado o Representante, que ejecutará la actividad aduanera.
- Sabe de manera muy natural que será en un Pedimento con Clave RT, individual o consolidado con el cual se documentará el retorno, también conoce y genera el tipo de controles y protocolos administrativos que la empresa aplica.
- Realiza la actividad correspondiente para interactuar y que sea generado el Documento Aduanero, así como la coordinación con el área de embarques y ejecuta la Operación de Retorno.
- En su SCI, sabe que el RT en cuestión, será el soporte de descargo en directo de los Componentes identificados en el IN.
De esta manera, al día de hoy, en forma general se realiza un RETORNO DE MERCANCIA EN SU MISMO ESTADO.
¿Sabías que antes no era así?
Hablando de controles IMMEX
Cuando tenemos que retornar o transferir mercancía en su mismo estado, debemos considerar la Modalidad Servicios o Industrial del Programa IMMEX, así como si se cuenta con la Certificación en materia de IVA & IEPS, cuando se trata de las Mercancías a que se refiere el Artículo 108 de la Ley Aduanera, como se expuso.
En estos casos la instrucción y ejecución del Pedimento, ya sea un RT o un V1, debe se observar el soporte de acuerdo con la Modalidad de la Empresa en el programa IMMEX y con la certificación en materia de IVA &IEPS, como lo comentamos al inicio.
Aquel que no conoce su historia está condenado a repetirla
Napoleón Bonaparte
¿Sabías que durante DÉCADAS una gran cantidad de las empresas Maquiladoras y PITEX y luego las IMMEX, utilizaron el Pedimento con Clave “H1” para retornar mercancía en su mismo estado? También esta misma Clave de Pedimento fue utilizada para Retornar Equipo o Maquinaria para sus Reparaciones y/o Ajustes, así como para su Retorno definitivo de la Maquinaria o Equipo. Esto último, lo trataremos en otra publicación.
Errores e infracciones inducidas por causas ajenas a la voluntad de las empresas
Trasladémonos a la década de los 90’s del siglo pasado cambiando la Clave del Pedimento RT por sus antecesores, Clave J1 para las Empresas con Programa de Maquila y J2 para las Empresas PITEX’s. Hoy en día cualquiera que este inmerso en las Actividades Aduaneras y de Comercio Exterior entendería, como se expuso al inicio, de manera muy natural que serían en estas Claves de Pedimentos J1 o J2 el retorno de Mercancía en los supuestos que así se den en las mercancías en su mismo estado importadas temporalmente.
En su momento había mucha tela de donde cortar al profundizar en el rompimiento de la norma, por causas volitivas o fuera de la voluntad de las empresas, sin embargo, esto no sucedió.
La SCJN señala:
” … la ausencia de normas limitativas de la actividad del individuo configura un derecho respetado por las autoridades, aun por el propio legislador … pues mientras que las autoridades solo pueden hacer lo que la ley les faculta, el gobernado puede hacer todo lo que dicha ley no le prohíbe, estableciendo que la ausencia de normas legislativas configura para el gobernado “EL DERECHO DE OBRAR LIBREMENTE”.
Un principio elemental enfocado en las empresas y su productividad es la eficiencia que lo lleva a ser competitivo en la reducción de gastos y respuestas rápidas a los requerimientos del mercado, y que, desde una perspectiva respetable, se ve frenada por la cantidad y velocidad que, en el área de Aduanas y Comercio Exterior, se dan las modificaciones o cambios, o más aún que se genera prácticamente una avalancha de normativas cuyo cumplimiento es obligatorio.
En este contexto se genera una línea muy delicada y peligrosa para las Empresas IMMEX, debido al gran espectro de elementos en el medio para la interpretación de las Normas Aduaneras y de Comercio Exterior. En donde, como en el caso expuesto del uso de la Clave H1, se estaría dentro de una zona de ilicitud.
En esta publicación no nos enfocaremos a la sujeción de las leyes para identificar qué tipo de infracción, incumplimiento o delito daría lugar y su sanción por parte de la autoridad.
Por lo pronto lo relevante es entender que, para las empresas, la exposición de actividades operativas en materia de Comercio Exterior y Aduanas, de manera específica como Empresas IMMEX con o sin Certificación, realizadas por algún prestador de servicio. Nos puede llevar a estar en supuesto de Infracción. Y ahora debemos ser más cuidadosos, ya que la autoridad día a día se centra en los aspectos a detalle de las ejecuciones y controles de estas empresas.
Si nuestra empresa viene operando desde antes del 2014, incluso con actividades de la década de los 80’s o 90’s del siglo pasado o en los primeros años de este siglo, podrían ver el uso que se tenía del H1 en los retornos mencionados.
Incluso, cualquiera que sugiriera utilizar la Clave J1 o J2, según fuera el caso, era visto como POCO o NADA CONOCEDOR de la Materia Aduanera y de Comercio Exterior.
Anales de la Historia que nos ayudan a entender mejor nuestra actividad, así como la masificación de las operaciones y el crecimiento de los prestadores de servicios que rodean a las Empresas IMMEX, y que las hacen susceptibles de estar constantemente en esta línea tan delgada, entre el Cumplimiento o la Infracción.
La selección de proveedores de estos servicios se ha vuelto una tarea cada vez más delicada y requiere de una evaluación previa de sus capacidades y experiencias que garanticen el servicio ofrecido siempre dentro del marco de la ley y de los cambios que la dinámica de las regulaciones aplicables conlleva. Considerando que la comodidad de estar en un estado de confort limita visualizarlo.
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