¿Qué es el CFDI con Complemento Carta Porte?

Tal como se había comentado por parte de diversos organismos empresariales, el SAT confirmó a finales del año 2021 el periodo de transición de 3 meses para la expedición de los CFDIs con complemento de Carta Porte como requisito obligatorio para aquellos transportes que utilicen carreteras de jurisdicción federal, exentando también de este requisito a los camiones ligeros que utilicen estas vías en un tramo no mayor a 30 Km.

Durante el periodo de transición, la autoridad no impondrá multas ni sanciones a quienes incurran en errores u omisiones en el complemento Carta Porte.

En línea con esta prórroga, en artículo transitorio de las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior para 2022, se establece que esta obligación para las mercancías de comercio exterior será exigible hasta el término de este periodo de transición.

Conoce más sobre la Carta Porte en el micrositio del SAT >>