La resolución del panel automotriz favorable a México y Canadá genera, sin proponérselo, una mayor certeza en la aplicación de los diversos criterios aprobados para los cálculos de origen de todo el sector exportador

Sin lugar a dudas, el haber logrado por parte de México la resolución favorable del panel automotriz del T-MEC, emitida el 11 de enero del año en curso, ha significado para la industria automotriz y su cadena de proveeduría establecida en México una gran noticia, ya que con ella se evita cualquier controversia futura que pudiera poner en riesgo sus inversiones presentes y futuras en el país, eliminando lo que pudo haber sido un obstáculo para el arribo de nuevos proyectos bajo la tendencia identificada como “nearshoring”.

El criterio que Estados Unidos pretendía aplicar para las “partes esenciales” de los vehículos de pasajeros y camiones ligeros (motor, transmisión, carrocería, chasis, ejes, sistemas de suspensión, sistemas de dirección, etc.) dejaban en una enorme desventaja a los vehículos ensamblados en México y Canadá para poder calificar como originarios, ya que se pretendía que para estas partes, aun siendo calificadas como originarias, no se tomara el valor total de las mismas como originario para efectos de calificar a los vehículos que las incorporan, sino que exclusivamente se contabilizara como originaria la porción del valor que estrictamente procedía y calificaba como originario.

Aplicar el criterio pretendido por Estados Unidos sería violatorio a los acuerdos específicos negociados e incorporados en el texto legal del T-MEC y en sus reglamentaciones uniformes, tal como lo pudo acreditar a cabalidad el equipo negociador de la Secretaría de Economía ante el panel convocado para estos efectos.

Es una regla que, salvo acuerdo específico en contrario, se tome en los cálculos de origen del producto final el valor total de las partes y componentes que previamente ya han calificado con la regla de origen que les corresponda y no solo una porción de su valor, ya que esto último agregaría una mayor complejidad para calificar al producto final, sobre todo en un mundo tan globalizado y tan competido como el actual.

Haber aceptado esta interpretación hubiera significado que muchos de los vehículos que actualmente se exportan desde México no cumplieran con el requisito de origen y, por supuesto, esto llevaría a desincentivar su fabricación en el país y a afectar a su cadena de proveeduría de estos componentes. Esta circunstancia no solo afectaría a las empresas ensambladoras de origen diferente al de la región T-MEC, sino también a las empresas que tienen ese origen ya que temas de costo, calidad y tiempos de entrega las tienen ligadas a cadenas globales de proveeduría.

Haber dejado pasar este más que importante tema, hubiera significado no solo un duro golpe para la industria automotriz localizada en México y Canadá, sino que también pudo haber entreabierto una puerta muy peligrosa para que los Estados Unidos pudiesen haber utilizado elementos similares en otros sectores que estén clasificados por ellos como sensibles para el comercio regional.

Avanzar con los instrumentos que el mismo T-MEC se ha dotado para la solución de controversias es, sin duda, el camino a seguir en las diferencias de criterio que seguramente seguirán presentándose en la región, ya que es natural que el volumen de comercio y la dinámica propia de las tres economías generen un movimiento de prioridades e intereses, que lo que menos podemos esperar es que se queden estáticos.